Todo lo que tienes que saber si decides instalar gas natural en tu hogar

Llevas un año viviendo en tu apartamento de Barcelona. Con el transcurso del tiempo, has podido observar un considerable aumento de las facturas eléctricas en los meses más fríos, dado que, al no incidir directamente el sol en tu hogar, se enfría demasiado y necesitas usar continuamente calefactores y estufas. Cuando adquiriste el inmueble, tenía la pre-instalación del gas natural y podías elegir si deseabas utilizarla. Tras hacer cálculos, has descubierto que es más económico disponer de este servicio. No obstante, para que tengas un pleno conocimiento de su funcionamiento, desde Apialia Gaudí, vamos a comentar cuales son las obligaciones y derechos que adquirirás al tramitar el alta en este suministro.

Cuando se realiza la firma del contrato del gas, tanto la compañía como el consumidor, acepta un conjunto de responsabilidades. Tras la instalación del gas, se tiene derecho a un suministro continuo y de calidad. En este caso, la distribuidora tiene la obligación de ofrecer el servicio de gas de forma regular para que el consumidor pueda disfrutar de él sin problemas.

Ante cualquier avería o falta de suministro, se tiene el derecho a ser atendido con la mayor celeridad posible en busca de una solución. Además, la compañía asume la obligación de asesorar a todos sus clientes sobre las tarifas y el caudal más adecuado a sus necesidades concretas.

Paralelamente, el consumidor adquiere un conjunto de obligaciones. Casi todas confluyen en la responsabilidad de mantener en buen estado las instalaciones para garantizar la seguridad tanto de la vivienda como del edificio. Por este motivo, es obligatorio realizar la inspección del gas, en las que se incluye todos los aparatos conectados al suministro, las tuberías por las que pasa el gas o el calentador. La revisión se realiza cada 5 años tal y como se estipula por ley.

Además se tiene que aportar las lecturas del contador, o, en su defecto, permitir el acceso al personal de la distribuidora al domicilio para que anoten el consumo. En caso de que el contador no cuente con telemedida, existe la posibilidad de aportar esta información por Internet.

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