Por qué es buen momento ahora para vender un inmueble

Tal y como explican desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España, aquellos propietarios que estén pensando en vender se encuentran en un momento adecuado para hacerlo.

En Apialia Gaudí te explicamos por qué ahora es un buen momento para vender un inmueble.

Tras las subidas en los tipos de interés por parte del Banco Central Europeo y lo que aún está por llegar, todo indica que se va a provocar una caída en los precios de la vivienda, además de que los compradores van a perder poder adquisitivo y los bancos pasarán a endurecer las condiciones de financiación.

Por eso, si hay alguien interesado en vender una propiedad, ahora mismo es un buen momento, sobre todo, considerando el aumento de hipotecas más caras tanto para particulares como para inversores, aunque el impacto mayor será para los particulares, y la caída del precio de vivienda que prevé el BCE debido a la parte de demanda que desaparece en el mercado.

Ante este escenario muchos de los compradores que estén pensando en cambiar de vivienda se decidirán a buscar y comprar ahora, con el objetivo de evitar las futuras subidas previstas tanto de las hipotecas como del precio de las viviendas.

No obstante, siempre hay otra parte de los compradores o de los inversores que no tienen prisa a la hora de invertir y deciden esperar y operar a largo plazo, cuando se haya estabilizado nuevamente el entorno macroeconómico y volvamos de nuevo a una financiación menos costosa.

En cualquier caso, se trata de un momento y de unos meses marcados por una caída generalizada de los precios que van a beneficiar a todos aquellos inversores y particulares que ya cuenten con cierta liquidez y encuentren ahora el momento adecuado para comprar.

Qué son los paneles solares portátiles

Una de las energías más utilizadas en nuestro país y que más ha avanzado durante los últimos años es la energía solar a través de paneles solares. Tanto es así, que hoy en día podemos encontrar una solución muy práctica con los paneles solares portátiles.

En Apialia Gaudí te explicamos en qué consisten los paneles solares portátiles.

Un panel solar portátil es una placa solar más pequeña que se puede transportar y colocar fácilmente en cualquier lugar que podamos necesitar como una autocaravana, una tienda de campaña o un barco.

Funciona de la misma manera que los paneles solares normales transformando la luz solar en energía eléctrica para poder activar el funcionamiento de pequeños electrodomésticos, con la posibilidad además, de poder almacenar la energía generada en una estación de energía portátil.

Al igual que ocurre con los paneles solares que se instalan en los techos de las viviendas, estos paneles solares portátiles son silenciosos y además son muy fáciles de montar y muy asequibles en cuanto a precio.

La ventaja principal de estas placas solares portátiles son su posibilidad de poderlas trasladar de un lugar a otro, por lo que resultan muy prácticas cuando vamos en autocaravana o de acampada, ya que podemos generar energía sin depender de energía eléctrica. Asimismo, son muy útiles para casos de apagones o averías en casa como equipo auxiliar, ya que generan luz y se puede mantener el frigorífico en funcionamiento.

Al tener un tamaño pequeño,  incluso hay modelos que son plegables, son muy fáciles de transportar e instalar, simplemente hay que desplegarlos en el suelo o en el techo, por ejemplo, de la caravana donde haya más sol para que se vaya cargando de energía solar. Estos kits solares portátiles pueden tener una batería interna o externa, aunque siempre es recomendable instalar un regulador de carga para no sobrecargar la batería.

 

Plazo de amortización qué es y cómo elegirlo en tu hipoteca

La media que ofrecen los bancos con respecto al plazo de amortización en una hipoteca suele ser 24 años, aunque existen entidades financieras que ofrecen hasta 30 o incluso 40 años.

En Apialia Gaudí te explicamos en qué consiste el plazo de amortización y cómo elegirlo para tu hipoteca.

Uno de los aspectos más relevantes que se deben considerar antes de firmar cualquier hipoteca es el plazo de amortización o lo que es lo mismo, el plazo en el que se va a devolver el dinero solicitado: tanto el capital como los intereses.

Este concepto influye en dos variables principales: por un lado, en la cantidad de cuotas que vamos a pagar por la hipoteca y por otro lado, en el tiempo en el que las vamos a pagar. Esto significa que a mayor plazo de amortización estaremos más años devolviendo el dinero con cuotas más pequeñas, lo que facilita el pago mes a mes Sin embargo, si decidimos un plazo de amortización más corto, pagaremos durante menos tiempo pero las cuotas serán mayores.

El plazo de amortización puede ser muy variado, ya que depende tanto del tiempo que se elija para poder devolver el dinero como de la cantidad que se haya solicitado. Aunque el plazo medio suele estar situado en unos 24 años, es habitual que las entidades bancarias ofrezcan hipotecas a 20 o 30 años con algunas excepciones de hasta 40 años.

Lo más recomendable a la hora de elegir un pedazo de amortización es tener en cuenta los ingresos, ya que como norma general, el Banco de España aconseja que el pago de la hipoteca no suponga más del 40% de los mismos.

En definitiva, para poder elegir el plazo de amortización adecuado, hay que fijarse en dos parámetros: la cantidad de dinero que vamos a solicitar y el nivel de ingresos. Una vez definido cuál es el 40% de esos ingresos, se podrá establecer la cuota máxima y a partir de ahí, se puede determinar el plazo de amortización más adecuado.

Central de Información de Riesgo del Banco de España, ¿en qué consiste y qué datos contiene?

La Central de Información de Riesgo del Banco de España o CIRBE es una base de datos que almacena información relevante a los préstamos que conceden las entidades bancarias.

En Apialia Gaudí te explicamos en qué consiste y cuáles son los datos concretos que contiene.

La CIRBE puede considerarse como una base de datos de carácter público, eso significa que se puede consultar para obtener información financiera de cualquier tipo de cliente (empresa o persona) con las que pretendemos tener alguna relación comercial.

No hay que confundir esta central de información con un fichero de morosos, puesto que aquí aparecen todos los préstamos que estén en vigor de aquellas personas o empresas que tengan un riesgo acumulado de más de 1.000 euros, no aquellos que están impagados o con retrasos. Al tratarse de una cantidad pequeña, en la CIRBE se incluyen prácticamente todas las deudas reconocidas en el sector financiero.

Esto permite que cada vez que cualquier particular o empresa solicita un préstamo en una entidad financiera, el banco pueda consultar esta central de información de riesgos antes de dar la autorización para comprobar la situación financiera con respecto a otros préstamos. En caso de que los datos facilitados por el solicitante no fueran ciertos o tuviera un gran nivel de endeudamiento, la entidad financiera podría tomar la determinación de denegar la concesión del préstamo.

En la CIRBE aparece información sobre préstamos en líneas de crédito, avales o garantías que cualquier banco o entidad mantiene con sus clientes pero no incluye préstamos por parte de prestamistas privados. Estos datos se actualizan mensualmente y ofrecen dos tipos de informe de riesgo:

  • El informe agregado: es mensual y en él aparece el importe total de cada préstamo o crédito dispuesto a garantías y plazos.
  • El informe detallado: que ofrece los riesgos de cada operación y solo puede solicitarlo el titular.

El acceso a esta base de datos es libre, pública y gratuita para cualquier persona pero solo puede obtener información de sí mismo, excepto las entidades financieras que sí pueden obtener información de un cliente con el permiso adecuado.

Características que busca el comprador pospandemia hoy

A raíz de la pandemia del coronavirus y los cambios en las necesidades de los clientes, los promotores inmobiliarios han tenido que adaptar sus proyectos del mercado residencial a esta nueva realidad.

En Apialia Gaudí te explicamos cuáles son las características principales que busca hoy el comprador pospandemia.

Más allá de la necesidad de espacios exteriores y de viviendas más amplias, los compradores de ahora tienen nuevas demandas en cuestión de conceptos y diseños, estos son algunos ejemplos de lo que demanda el comprador actual.

Diseños abiertos

No solo se trata de construir inmuebles con terrazas y espacios exteriores sino que ahora los clientes apuestan por nuevos diseños con cocinas integradas en el salón y en la zona de estar, de manera que haya un espacio común y compartido para todos los miembros de la familia.

Luz natural

En esta apuesta por el diseño abierto se incluye la necesidad de comprar viviendas que cuenten con grandes ventanales, así como terrazas o balcones que puedan maximizar la luz natural en la vivienda.

La opción del despacho en casa

Por supuesto, desde la aparición del teletrabajo, que ha venido para quedarse, son muchos los compradores que necesitan una habitación extra para poder teletrabajar.

Apuesta por la sostenibilidad

Las promotoras de hoy en día no solamente tienen más en cuenta la sostenibilidad en cuanto a materiales sino que también apuestan por ella tanto en el diseño de exteriores como en el interior de las viviendas, así como en las zonas comunes.

Autoconsumo

Aunque en la actualidad ya son obligatorias las placas solares en cualquier edificación para poder reducir el consumo energético, hay otras energías renovables como la aerotermia y la geotermia que están presentes en nuevas promociones residenciales.

Domótica

La necesidad de tecnología que ayude a facilitar la vida y el día a día y que incremente la comodidad, la eficiencia y la seguridad, es otro de los puntos más demandados hoy en día.

Zonas comunes

Cada vez más, el comprador actual demanda zonas comunes: piscina, gimnasio, zonas verdes, etc., que permitan realizar diferentes actividades sin tener que salir de la urbanización.

BURL la regla que te enseña si es mejor comprar o alquilar

A cualquier persona que esté pensando en independizarse le puede surgir la duda de si es mejor comprar o alquilar. Incluso para personas que ya son propietarios de una vivienda es una duda que no deja de plantearse, ya que siempre deberíamos optar por la mejor decisión financiera.

Por un lado, comprar una vivienda implica endeudarse a medio-largo plazo pero también significa incrementar el patrimonio. Por otro lado, el alquiler no ofrece rentabilidad pero es una manera de vivir y disfrutar en un lugar a corto plazo en el caso de no disponer de ahorros.

En Apialia Gaudí te explicamos en qué consiste la regla BURL, la que enseña si es mejor comprar o alquilar.

BURL corresponde en inglés a Buy Utility, Rent Luxury, es decir, Compra Utilidad, Alquila Lujo.

En este sentido, la utilidad consistiría en lo que realmente se necesita para optimizar el espacio que se compra, mientras el lujo sería algo más de lo que se necesita, como por ejemplo, una habitación extra, un patio con piscina o una terraza enorme.

Esta regla ayuda a ver cuál es el coste no solo del dinero gastado para adquirir la vivienda sino el coste de vivir en ella.

Según los expertos inversores inmobiliarios, la pregunta de alquilar o comprar depende de dos parámetros principales:

  • Si se tiene el dinero para el pago inicial de una vivienda de lujo pero no quieres despilfarrar el dinero, en ese caso habría que comprar y vivir en esa propiedad, si se está dispuesto a pagar el alquiler de ese mismo inmueble a precio de mercado.
  • Si se quiere comprar una vivienda de lujo pero no hay dinero para el pago inicial, se puede optar por el alquiler, teniendo en cuenta que en este caso se obtiene un mejor rendimiento con el alquiler que con la compra.

En cualquier caso, según los inversionistas inmobiliarios, para saber si conviene o no comprar una propiedad, hay que valorar no pagar más de 100 veces el alquiler mensual del valor de la vivienda.

 

¿Qué son los vicios ocultos y cómo se reclaman?

A la hora de comprar un inmueble es muy importante que revisemos bien la vivienda para no encontrarnos ningún desperfecto, sin embargo a veces, una vez que hemos comprado un inmueble salen a la luz algunos fallos que en principio no eran perceptibles, es lo que suelen denominarse vicios ocultos.

En Apialia Gaudí te contamos en qué consisten los vicios ocultos y cómo se pueden reclamar.

Afortunadamente, el Código Civil ampara al comprador con respecto a los vicios ocultos, es decir, aquellos defectos que puede tener una vivienda y que en un principio no son apreciables pero que aparecen una vez que estamos viviendo allí y que en caso de que el comprador los hubiera visto podría haber decidido no comprar el inmueble.

Aunque no existe una tabla específica en la que aparezcan los desperfectos que pueden considerarse vicios ocultos la Ley de Ordenación de la Edificación determina unos periodos de garantía en el caso de las viviendas nuevas en función del tipo de desperfecto.

  • Un año para todos los defectos de acabados.
  • Tres años para cualquier fallo en elementos constructivos.
  • Diez años para los defectos estructurales.

En el caso de que se trate de inmuebles de segunda mano, el plazo es de seis meses a contar desde el momento en que se adquirió la vivienda.

El Código Civil establece dos vías para poder reclamar:

  • Quanti minoris, en la que una vez que el perito ha determinado los desperfectos se posibilita una deducción del dinero aportado del coste. En este caso, el comprador tiene que cambiar la información del contrato, por la reducción del valor del inmueble y a través de esta acción no se podrá recurrir a una indemnización complementaria.
  • Redhibitoria en la que se puede renunciar al contrato acordado con la devolución de los costes abonados y si el vendedor fuera consciente de estos desperfectos habrá que indemnizar al comprador por daños y perjuicios.

Para realizar la reclamación, en primer lugar hay que buscar un profesional cualificado que estudie y describa el desperfecto o el defecto para posteriormente, emitir un aviso por escrito que debe llegar de forma fehaciente (burofax). Si la reclamación es aprobada por el vendedor se finaliza el proceso, si no, habrá que recurrir al Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos, si no funciona esta opción, entonces se procedería a la vía judicial.

 

¿Qué es el impuesto de Sucesiones y quién lo paga?

Cuando se recibe una herencia hay que pagar algunos impuestos por haber obtenido una ganancia patrimonial con esa herencia, en concreto se trata del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En Apialia Gaudí te explicamos en qué consiste este impuesto y quién lo paga.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según la ley, es el que grava cualquier incremento patrimonial que obtiene una persona física por una herencia o por donación. Se trata de un impuesto personal y progresivo, por lo que cuanto más heredamos más tiene que pagar el heredero con una escala que oscila entre el 7,65% y el 34%.

Una de las polémicas más habituales referentes a este impuesto es que depende de las comunidades autónomas, por eso existe una gran diferencia entre lo que paga un heredero dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que resida, ya que existen diferentes bonificaciones.

Son los herederos quienes tienen que liquidar este impuesto. En el caso de que haya testamento, la herencia se distribuye tal y como se recoja en él pero si no, habrá que hacerlo en orden de sucesión, y la cuantía depende del grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, por tanto cuanto menor es el parentesco más tiene que pagar el heredero.

El cálculo de la cuota tributaria depende de la masa hereditaria que constituye la base imponible del impuesto sobre la que se aplican diferentes reducciones estatales, dependiendo de la relación de parentesco con el fallecido. Asimismo, también hay reducciones por minusvalías o dependiendo del bien heredado. A estas reducciones estatales se le suman las reducciones y bonificaciones autonómicas.

El impuesto se liquida en la Comunidad Autónoma en la que reside el fallecido y aunque los herederos sean no residentes estarán obligados a declarar este impuesto en España, de hecho, también hay que liquidarlo en nuestro país cuando el fallecido no es residente pero los herederos si residen aquí.

Hay un plazo de seis meses desde la fecha de fallecimiento para liquidar el impuesto, aunque se puede solicitar una prórroga de otros seis meses.