¿Qué tipo de obras puede hacer un inquilino?

Uno de los temas que suele generar más controversia para el propietario y para el inquilino es el tema del mantenimiento y de las obras en el piso de alquiler. Por eso, es importante firmar el contrato de arrendamiento entendiendo todas las cláusulas contractuales sobre el mantenimiento y las obras que se pueden realizar en el inmueble.

En Apialia Gaudí te explicamos cuáles son las obras que puede realizar un inquilino.

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el propietario tiene que realizar cualquier reparación necesaria para la habitabilidad del inmueble y también determina cuáles son las obras que no puede realizar el inquilino.

El inquilino solamente puede hacer ciertas obras sin sobrepasar ciertos límites:

  • Cualquier trabajo que no afecte a la estabilidad o la seguridad de la vivienda.
  • Obras que no cambien la configuración de la vivienda.
  • Trabajos o reformas que afecten a elementos comunes de la finca.

No obstante, existe una excepción para inquilinos de más de 70 años o que cuenten con una discapacidad, en cuyo caso, aunque respeten los límites anteriores, sí pueden permitirse cambiar la configuración de la vivienda para poder adaptarla a la edad o a la discapacidad.

Aparte de estos tres aspectos, el inquilino puede realizar todas las obras que quiera teniendo en cuenta que el propietario puede llegar a exigir que cualquier obra que no haya autorizado tenga que ser repuesta a su estado original o conservar las obras que haya realizado sin pagar ninguna indemnización.

En cualquier caso, el inquilino no puede realizar ninguna obra sin consentimiento por escrito del propietario que suponga la configuración de la vivienda ni la disminución de la seguridad del inmueble y en caso de hacerlo, el propietario puede dar por finalizada el contrato pudiendo exigir que se repongan los trabajos a su estado original o conservar la obra, para lo que el inquilino no podrá reclamar ningún tipo de indemnización.

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