Qué es el Libro del Edificio

La documentación es uno de los pasos más importantes en un proceso de compraventa, ya que es fundamental contar con todos los documentos necesarios para gestionar y tramitar la operación. Si se trata de una vivienda de obra nueva, uno de esos documentos es el Libro del Edificio.

En Apialia Gaudí te explicamos en qué consiste este libro.

El Libro del Edificio recoge todas las características constructivas y todas las instrucciones del mantenimiento del edificio, es decir, sirve como manual para que cualquier propietario o la comunidad de vecinos tengan información y todas las instrucciones necesarias para poder realizar el mantenimiento correcto del edificio junto con sus instalaciones y sus espacios comunes.

Aquí tiene que estar incluido el historial y las incidencias tanto técnicas como jurídicas y administrativas del edificio, algo fundamental para posteriores reformas o cuando haya que realizar trabajos de rehabilitación.

La persona encargada de realizar el Libro del Edificio es el director de obra, aunque en algunas comunidades puede realizarlo el propio promotor. Una vez terminado el edificio será la promotora la que entregará el manual a los nuevos propietarios.

La documentación principal contenida en el Libro del Edificio incluye:

  • El proyecto de obra del inmueble y todas las modificaciones que se hayan podido realizar.
  • El acta de recepción de la obra que debe estar firmada por un promotor y por el constructor.
  • Una relación de los agentes que han participado en la edificación.
  • Las instrucciones de uso y mantenimiento del inmueble.
  • El certificado de eficiencia energética.
  • La información jurídica que incluye: escritura de propiedad, cargas y gravámenes.
  • La documentación en el control de recepción en obra y el Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE).
  • El libro de su contratación.

Cuando compramos una vivienda de obra nueva, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) establece que es obligatorio redactar el Libro del Edificio y que el promotor está obligado a entregar una copia a cada uno de los propietarios de la vivienda. No obstante, y para personas que puedan comprar una vivienda de segunda mano, el presidente dispondrá de un ejemplar completo de todo el edificio. Asimismo, el Colegio de Arquitectos o el propio Ayuntamiento del municipio puede ofrecer una copia del mismo.

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